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Real Decreto Ley 5/2021 de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial

Real Decreto Ley 5/2021 de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial

El Real Decreto-Ley 5/2021 de medidas urgentes para garantizar la solvencia de las empresas está  dotado con un total de 11.000 millones, que incluirá un fondo de 7.000 millones de euros en ayudas directas. 

Estos 7.000 millones se podrán destinar al pago de gastos fijos, deudas de proveedores y al pago a otros acreedores financieros y no financieros, para evitar que el sobreendeudamiento empresarial lastre la recuperación, siempre y cuando estas obligaciones se hubieran generado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores a la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley, y siempre que la caída de la facturación sea de al menos un 30% respecto a la de 2019.

De este importe total, 2.000 millones se destinarán exclusivamente a Canarias y Baleares, por ser las más golpeadas por la pandemia, y el resto, 5.000 millones, irán a las demás comunidades y ciudades autónomas.

En el caso de los archipiélagos, se repartirá de forma proporcional al peso de cada comunidad autónoma en la caída en 2020 de los afiliados en términos netos, según se especifica en el real decreto publicado este sábado en el BOE.

Las comunidades, que en un plazo de 40 días dispondrán de las transferencias por parte del Estado, son las que gestionarán estas ayudas, que podrán solicitarse hasta el 31 de diciembre de este año. Después, tendrán tres meses para informar a Hacienda de la ejecución de las mismas.

En concreto, los autónomos que tributan en módulos recibirán 3.000 euros y entre 4.000 y 200.000 euros el resto de autónomos y empresas,  importes que podrán elevarse tanto en Canarias y Baleares, siempre dentro de los límites de ayudas de Estado fijados por Bruselas.

En el caso de los grupos y los empresarios, profesionales o entidades cuyo volumen de operaciones en 2020 haya sido superior a 10 millones de euros que desarrollen su actividad económica en más de un territorio autonómico o en más de una ciudad autónoma, podrán participar en las convocatorias que se realicen en todos los territorios en los que operen.

3.000 millones para reestructurcación de deuda financiera COVID.Este segundo eje de actuación incluye un conjunto de medidas de apoyo y flexibilización de los préstamos que cuenten con aval público, permitiendo así que el ICO se incorpore a los procesos de refinanciación y reestructuración que pacten los bancos y sus clientes, protegiendo también la estabilidad financiera. Este eje se ve apoyado mediante la creación de una nueva línea para la reestructuración de deuda financiera con aval del Estado, dotada con 3.000 millones de euros.

Este fondo se articula en tres niveles y las empresas que podrán acogerse al mismo, deberán haber solicitado previamente las medidas de ampliación de plazos y carencias de los préstamos ICO, recogidas en el real decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre.

El primero de ellos, da la posibilidad de extensión del plazo de vencimiento de los préstamos concedidos con aval público, adicional a la ampliación del pasado mes de noviembre.

Para aquellas empresas para las que la extensión adicional del vencimiento de los préstamos con aval público no fuera suficiente, se plantea como medida de segundo nivel, la posibilidad de convertir estos préstamos en préstamos participativos, manteniendo la cobertura del aval público.

Este conjunto de herramientas financieras se vería completado por una medida de último recurso, de «carácter excepcional», consistente en la realización de transferencias a autónomos y empresas para la reducción del principal de la financiación avalada contraída durante la pandemia.

Por último, se ha creado un fondo de recapitalización de empresas medianas afectadas por la crisis, dirigido a reforzar los balances de empresas que eran viables en diciembre de 2019, pero que se enfrentan a problemas de solvencia por la pandemia.

Si es usted cliente de Vega Asesores no se preocupe, en cuanto el Gobierno de Canarias apruebe en el Boletín correspondiente la solicitud de estas ayudas lo informaremos personalmente, si usted no es cliente y está interesado, contacte con nosotros.