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Modelo 347: guía para autónomos

Modelo 347: guía para autónomos

Hasta el 28 de febrero podrán los autónomos presentar la declaración informativa de operaciones con terceros (modelo 347). El objeto de este modelo es declarar a Hacienda las compras y las ventas de más de 3,005,06€ realizadas en el año 2022.

El plazo de presentación del modelo 347 solo se puede ampliar en caso de que existan problemas técnicos que hagan imposible su presentación a través de Internet. En ese caso, se dispondría de hasta 4 días adicionales para la presentación.

¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 347?

Están obligados a presentar este modelo todos los autónomos que tengan operaciones, ya sean ingresos o gastos, superiores a 3.005,6 euros con un tercero, salvo que tributen por estimación objetiva (módulos), estén en el régimen simplificado de IVA o en el régimen de agricultura, ganadería y pesca.

Además, cabe señalar que se exceptúan de la obligación de ser declaradas las operaciones realizadas por entidades de carácter social, los alquileres de bienes a los que no se aplica el IVA o las operaciones sin factura o sin identificar el destinatario.

Aspectos a tener en cuenta a la hora de presentar el modelo 347:

  • No será necesaria la presentación del modelo si se está inscrito como autónomo en el REDEME, ya que, en ese caso, ya se está obligado a llevar libros de registro del IVA a través de la Sede Electrónica de la AEAT.
  • Tampoco será necesaria la presentación cuando se utiliza el SII (Sistema de Suministro Inmediato de Información).
  • En caso de ser arrendatario, no será necesaria la inclusión del alquiler del local ya que se habrá informado sobre esa operación en el modelo 180 (siempre que las facturas estén sujetas a retención del IRPF o impuesto sobre sociedades, y además estén sujetas a IVA)
  • Lo expuesto también se aplica a los arrendadores, que ya habrán incluido las operaciones en el modelo 180.
  • El modelo 347 no solo tiene que ser presentado por los autónomos, sino que también habrán de presentarse por sus proveedores. Esto supone que una misma operación será registrada y declarada por todas las partes implicadas en la misma, de manera que cualquier diferencia en los modelos puede dar lugar a una inspección.

Para cualquier cuestión, en Vega Asesores estaremos encantados de ayudarle.