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NUEVA SUBVENCIÓN

NUEVA SUBVENCIÓN "ACTIVA CRECIMIENTO"

Hoy, 2 de agosto de 2023 ha salido publicado en el BOE la convocatoria de la concesión de ayudas dirigidas a impulsar el crecimiento de las pymes a través de la iniciativa "Activa Crecimiento", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. 

OBJETO 

Son ayudas que consisten en la recepción de un asesoramiento especializado y personalizado que permita el impulso del crecimiento empresarial de pymes. 

El objetivo del asesoramiento especializado y personalizado es ofrecer un diagnóstico y análisis de la empresa con objeto de detectar sus áreas potenciales de crecimiento y la elaboración de un Plan de Crecimiento con propuesta de acciones de mejora concretas en innovación, recursos humanos, operaciones, digitalización, marketing y comercialización y finanzas.

Dicho Plan recogerá las líneas estratégicas en las que la empresa debe trabajar y definirá la hoja de ruta para poner en marcha cada una de las acciones propuestas para ser desarrolladas e implantadas por la empresa beneficiaria.

El plazo de duración del servicio de asesoramiento será de entre 4 y 5 meses a contar desde la publicación de la resolución de concesión, salvo justificación aceptada por EOI.

La entidad beneficiaria recibirá un programa de acompañamiento, con 50 horas de asesoramiento, contemplándose las siguientes etapas:

  1. Diagnóstico y análisis interno de la empresa.
  2. Elaboración de un Plan de Crecimiento.
  3. Taller grupal y cierre de la prestación del servicio.

La valoración de esta ayuda en especie equivale a 6.150 euros

BENEFICIARIOS

Los beneficiarios deberán cumplir todos siguientes requisitos:

  • Autónomos y PYMEs con personalidad jurídica propia en España y legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente. 
  • Inscritos en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT en una actividad económica a la fecha de solicitud de la ayuda.
  • Domicilio fiscal y principal centro operativo en España, el cual debe mantenerse durante el período de prestación de actividades objeto de subvención. 
  • Estar al corriente de pago con las Administraciones Públicas y no estar incursos en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003.

PLAZO DE SOLICITUD

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 5 de septiembre de 2023 y permanecerá abierto hasta que se agote el crédito presupuestario establecido en la convocatoria. 

Si estás interesado en solicitar esta ayuda, no dudes en contactar con nuestro departamento especialista en subvenciones.