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Anteproyecto de los Presupuestos Generales del Estado 2022: Novedades Fiscales

Anteproyecto de los Presupuestos Generales del Estado 2022: Novedades Fiscales

Hace varias semanas que fue presentado el Anteproyecto de Ley de los Presupuestos Generales del Estado para 2022, actualmente está aún pendiente de las enmiendas que puedan presentarse, siendo debatido en el Congreso de los Diputados.

Pese a lo anterior y que, evidentemente no ha sido aprobado ni publicado el texto definitivo, es crucial anticiparse a las modificaciones en materia fiscal que puedan acaecer, en esta línea se dispone a comentar las siguientes novedades: 

Impuesto sobre Sociedades

Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2022, se establece una tributación mínima del 15% de la base imponible para aquellos contribuyentes del impuesto con un importe neto de la cifra de negocios igual o superior a veinte millones de euros durante los 12 meses anteriores a la fecha de inicio del período impositivo o que tributen en el régimen de consolidación fiscal, en este caso, cualquiera que sea el importe de su cifra de negocios.

Se introduce, además, el concepto de cuota líquida mínima, la cual no podrá ser inferior al 15% de la base imponible una vez minorada o incrementada, según corresponda, por la reserva de nivelación regulada en el 105 de la LIS.

El tipo de tributación mínima será del 10% en las entidades de nueva creación, cuyo tipo es del 15%.

En las entidades de la Zona Especial Canaria, la base imponible positiva sobre la que se aplique el porcentaje al que se refiere este apartado no incluirá la parte de la misma correspondiente a las operaciones realizadas material y efectivamente en el ámbito geográfico de dicha Zona que tribute al tipo de gravamen especial regulado en el artículo 43 de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

A su vez, se reduce la bonificación para las entidades acogidas al régimen especial de arrendamiento de vivienda, pasando del anterior 85% al 40%. 

Por último, la cuota íntegra del denominado grupo fiscal, si se ve minorada por deducciones y bonificaciones que le fueran de aplicación no podrá dar lugar, en ningún caso, a una cuota líquida negativa.

Todo lo anterior, afectaría directamente a mecanismos tan poderosos como la RIC y la DIC, que habrá que esperar al texto definitivo para valorar los efectos en estos dos incentivos. 

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados.

Se actualiza en un 1% la escala de gravamen de los títulos y grandezas nobiliarios sujetos en el impuesto. 

Impuesto sobre Actividades Económicas

Como novedad, se incluye un nuevo grupo el 863 en la sección segunda de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, dónde se incluirá la actividad ejercida por los profesionales de la información y comunicación que, a día de hoy carecían de encuadre específico. 

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Desde el 1 de enero de 2022, se vuelve a minorar el límite general de reducción de la base imponible por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social, quedando dicho límite en 1.500,00 euros, a su vez, se eleva el límite de la reducción hasta los 8.500,00 euros de las cantidades aportadadas mediante contribuciones empresariales, pero, con la peculiaridad de que el trabajador también podrá aportar a dicho  mecanismo, siempre que las aportaciones del trabajador, al mismo instrumento, sean iguales o inferiores al importe correspondiente de la aportacion de la empresa. 

En cuanto a la estimación objetiva (módulos), se vuelven a prorrogar los límites de exclusión para 2022. 

Por último, se modifica el texto legal para incluir como renta positiva que no se integra en la base imponible del impuesto las cantidades recibidas por ayudas públicas que tengan por objeto reparar la destrucción, por la erupción volcánica.

Lo expuesto forma las novedades más relevantes, que a falta de que se finalice el procedimiento y sea publicado el texto definitivo en el BOE, serían las medidas que entrarían en vigor a partir del día 1 de enero de 2022.

Desde Vega Asesores, les mantendremos informados de cualquier novedad en este asunto. 

Vega Asesores, tu asesoría en Las Palmas.