PRÓXIMA REFORMA TRIBUTARIA

La Agencia Tributaria, ha manifestado que se está terminando con los detalles del informe y conclusiones acerca de la reforma tributaria que tendrá lugar en sede del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en adelante IRPF y el Impuesto sobre el Valor Añadido, en adelante IVA. 

Habiéndose solicitado por parte de las asociaciones de autónomos, la deducibilidad de los gastos como comida o de locomoción del mismo modo que sucede en el Impuesto sobre Sociedades, acabando con la disparidad de criterio entre ambos impuestos. El referido informe constaría de los siguientes puntos: 

RÉGIMEN DE FRANQUICIADO. 

En este punto, ya se ha alcanzado acuerdo, eliminando la obligación de incluir IVA y por tanto, la obligación de la presentación trimestral para los autónomos, tal y como se indica en la Directiva europea 2020/285, que entró en vigor el 18 de febrero de 2020, siendo España de los últimos países europes en trasponer su aplicación, retrasando ésta al 1 de enero de 2025. El régimen de franquiciado, consistirá en que mientras no se supere la franja de los 85.000,00 euros, de cifra de negocio, no se deberá incluir el IVA en factura. 

Cierto es, que la propia directiva permite ampliar este umbral a los 100.000 euros pero, no se alcanzó dicha cifra. En Canarias ya disponemos de nuestro régimen de franquiciado, el Régimen Especial del Pequeño Empresario y Profesional (REPEP) por el cual, las personas físicas que facturen menos de 30.000 euros, están exentos de IGIC. Dado la exigencia de armonización entre IVA e IGIC, es esperable aumento en el margen del REPEP igualando, al menos, el régimen en IVA. 

ELIMINACIÓN DE RÉGIMENES ESPECIALES DE IVA. 

Como contra partida a la nueva exención de IVA, el legislador plantea la supresión de regímenes especiales como son el régimen de estimación objetiva, comúnmente conocido como módulos y la supresión del régimen de equivalencia. Dicha modificación supondría un cambio para muchos autónomos que actualmente se benefician de estos sistemas, cuyo grueso se concentra en restaurantes, peluquerías y comerciantes minoristas. 

DEDUCCIÓN DE GASTOS POR DIETAS Y VEHÍCULOS. 

Pese a que lo anterior, se trata de propuestas más consensuadas, Eduardo Abad, presidente de Unión de profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) detalla que la AEAT tiene mayores propuestas a tratar, cuyo objetivo no es otro, más que eliminar la brecha existente entre tributación empresa y autónomos. El eje del debate se centra en los gastos de locomoción y dietas, que actualmente en sede del IRPF consta con criterior más rígidos para poder ser considerados deducibles, en este sentido, la AEAT se tendrá que pronunciar flexibilizando o no, los criterios mantenidos a día de hoy. 

Aventurarse en qué acuerdos se alcanzará, supone especular, dado que, los criterios sobre la deducibilidad de estos gastos han ido en una aplicación cada vez más restrictiva siendo punto de controversia en muchos procedimientos. 

Todo lo comentado, supondrá una modificación en la carga formal de los empresarios que dependerá del texto final y los acuerdos que se alcancen. Desde Vega Asesores, se le mantendrá informados al respecto para anticiparse y optimizar las modificaciones finales. 

Vega Asesores, tú asesoría en Las Palmas.